Si ha sido víctima de un accidente de tráfico, ya sea como conductor o pasajero y ha sufrido daños personales o lesiones, ya sean graves o leves, es muy importante que haya acudido a un hospital, haya sido atendido en el lugar del accidente o disponga o pueda conseguir un informe médico con el que pueda acreditar que las lesiones que sufre son fruto del accidente.
En el caso del esguince cervical es fundamental contar con un informe médico dentro de las 72 horas posteriores al accidente, por la aplicación del artículo 135 del Baremo de accidentes.
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